Hacienda te permite un IVA reducido del 10% en autoconsumo para obra mayor o nueva vivienda
Hacienda acepta que las instalaciones de autoconsumo para las viviendas tributen con un IVA reducido del 10%, en lugar del 21%, en el caso de que formen parte de una obra nueva, de una rehabilitación importante, o de que los paneles solares y demás equipos energéticos no representen más del 40% del coste de la obra. El criterio perjudica a sistemas con calidad superior y a instalaciones con baterías u otros elementos, como bombas de calor.
Algunos instaladores aplican un IVA reducido del 10% a las instalaciones de autoconsumo, como aparece, por ejemplo, en el simulador de ahorro de energía que usa Ikea para comercializar sus sistemas solares Solstrale, diseñado por Contigo Energía -Grupo Gesternova-, la empresa encargada de ejecutar las instalaciones de la firma sueca. El caso ha levantado cierto revuelo, porque no acepta la opción de que se aplique el 21% de gravamen general.
La Agencia Tributaria especifica que el tipo reducido del 10% puede aplicarse para obras que incorporen equipos que utilicen fuentes de energía renovable, pero con fuertes restricciones. Así se recoge en una respuesta vinculante de la Dirección General de Tributos del pasado mes de septiembre a la que ha tenido acceso elEconomista, donde especifica que la reducción del 11% sobre el tipo general puede aplicarse en dos supuestos: